Servicios

Servicios

Son todos aquellos servicios que presta el Terminal, que no están sujetos a Tarifas Máximas y que ITI realiza a solicitud del usuario del Terminal o de su representante.

¿Quiénes pueden solicitar estos servicios al terminal?

  • Armadores.
  • Líneas operadoras de carga.
  • Agentes portuarios.
  • Agentes de estiba.
  • Exportadores/importadores.
  • Agentes embarcadores debidamente acreditados.
  • Usuarios de Zona Franca.

Tipos de Servicios

Consolidación de contenedores
Este servicio incluye las siguientes operaciones: Descarguío de contenedor vacío en zona de consolidación. Descarguío de la carga para consolidado desde camión de cliente y consolidación de manera directa. Confección de la documentación necesaria para el efecto. Consolidación (llenado). Carguío y porteo hasta el pre-stacking de la nave de embarque en ITI.

Desconsolidación de contenedores
Este servicio incluye las siguientes operaciones: Descarguío en zona de desconsolidación del contenedor lleno. Desconsolidado (vaciado) y confección de la documentación necesaria para el efecto. Carguío de la carga en la plataforma del camión de cliente o entrega la misma en almacén de ITI. Carguío de contenedor vacío sobre camión para su despacho al depósito que corresponda.

Arriendo de grúa de tierra para transferir carga extra pesada y/o sobredimensionada
Uso de grúa de muelle para transferencia de carga de proyecto con pesos menores a 30 toneladas. Es el servicio de grúa que se presta para transferir cargas de proyecto no relacionadas con los movimientos incluidos en Servicios Sujetos a Tarifas Máximas de Transferencia de Cargas movilizadas por el terminal. Podrán solicitar este servicio, el armador, el consignatario y el embarcador o sus respectivos representantes, así como cualquier otro cliente acreditado en el terminal. La tarifa se aplicará por hora reloj a prorrata, iniciándose el tiempo desde el momento en que la grúa se encuentra ubicada y lista frente a la bodega donde se efectuará la transferencia de la carga y terminará cuando la grúa efectúe su ultimo movimiento antes de iniciar sus procedimientos de traslado al lugar de parqueo. Este servicio se cobrará por hora reloj con un mínimo de una hora. Esta tarifa se aplicará a todos los bultos que cumplan con la definición de cargas de proyecto cuyo peso sea menor que 30 toneladas. El servicio incluye: La coordinación y programación de la faena, el personal de supervisión, el uso de la grúa de tierra y el operador de ésta. Uso de grúa de muelle para transferencia de carga de proyecto con pesos mayores o iguales a 30 toneladas y menores que 60 toneladas. Es el servicio de grúa que se presta para transferir cargas de proyecto no relacionadas con los movimientos incluidos en Servicios Sujetos a Tarifas Máximas de Transferencia de Cargas movilizadas por el terminal. Podrán solicitar este servicio, el armador, el consignatario y el embarcador o sus respectivos representantes, así como cualquier otro cliente acreditado en el terminal. La tarifa se aplicará por hora reloj a prorrata, iniciándose el tiempo desde el momento en que la grúa se encuentra ubicada y lista frente a la bodega donde se efectuará la transferencia de la carga y terminará cuando la grúa efectúe su ultimo movimiento antes de iniciar sus procedimientos de traslado al lugar de parqueo. Este servicio se cobrará por hora reloj con un mínimo de una hora. Esta tarifa se aplicará a todos los bultos que cumplan con la definición de cargas de proyecto cuyo peso sea mayor o igual que 30 toneladas y menor que 60 toneladas. El servicio incluye: La coordinación y programación de la faena, el personal de supervisión, el uso de la grúa de tierra y el operador de ésta. Uso de Grúa de Muelle para Transferencia de Carga de Proyecto con pesos mayores o iguales a 60 toneladas y menores que 100 toneladas. Es el servicio de grúa que se presta para transferir cargas de proyecto no relacionadas con los movimientos incluidos en Servicios Sujetos a Tarifas Máximas de Transferencia de Cargas movilizadas por el Terminal. Podrán solicitar este servicio, el Armador, el Consignatario y el Embarcador o sus respectivos representantes, así como cualquier otro cliente acreditado en el Terminal. La tarifa se aplicará por hora reloj a prorrata, iniciándose el tiempo desde el momento en que la grúa se encuentra ubicada y lista frente a la bodega donde se efectuará la transferencia de la carga y terminará cuando la grúa efectúe su ultimo movimiento antes de iniciar sus procedimientos de traslado al lugar de parqueo. Este servicio se cobrará por hora reloj con un mínimo de una hora. Esta tarifa se aplicará a todos los bultos que cumplan con la definición de cargas de proyecto cuyo peso sea mayor o igual que 60 toneladas y menor que 100 toneladas. El servicio incluye: La coordinación y programación de la faena, el personal de supervisión, el uso de la grúa de tierra y el operador de ésta.

Recepción de cargas fuera de plazo o fuera de horario
Se refiere a las actividades operacionales y documentales adicionales que se requieren dar a los contenedores o cargas que llegan al terminal fuera del período normal acordado para la recepción en el stacking definitivo de la nave. Se define como el período normal a un intervalo de tiempo de tres días (72 horas) con un horario de 08:00 horas hasta las 22:00 horas y con un término de éste de 24 horas antes del arribo anunciado por la nave. Solamente el operador de la nave o armador puede autorizar el ingreso de carga fuera de plazo. El servicio será cobrado por contenedor o por tonelada si es carga fraccionada o vehículos. El servicio incluye: Nombrar y proveer el personal de supervisión, personal portuario y los equipos necesarios para trabajar en horarios especiales tanto en la operación de los equipos como de los sistemas computacionales, revisión de la unidad o carga y el remanejo de la unidad o carga al interior del terminal para lograr la secuencia de embarque planificada.

Servicios a contenedores refrigerados
Conexión/desconexión y monitoreo. Es el servicio que se presta a todos los contenedores refrigerados que requieren ser embarcados, descargados y/o provienen o van al terminal público y/o están en tránsito por el terminal, los cuales, por contener cargas que requieren de ambientes controlados a determinadas temperaturas es necesario conectarlos o desconectarlos a las fuentes de poder que les provee de suministro de energía eléctrica y la vez el monitoreo por medio de personal y equipos especializados. El servicio incluye: Nombrar y proveer el personal de supervisión y los monitores, un manipuleo de la unidad reefer al momento de la recepción en el terminal, el monitoreo durante la permanencia del contenedor en el terminal, una (1) conexión al arribo de la unidad proveniente de la nave, de los embarcadores o de otro terminal; una (1) desconexión al término de la permanencia de la unidad en el terminal, el manipuleo correspondiente al carguío de la unidad sobre el medio de transporte que lo lleve a la nave y una (1) conexión o desconexión, según si el contenedor va a ser embarcado o descargado de la nave y la documentación de registros de temperatura de acuerdo a los procedimientos fijados con cada cliente. El servicio será facturado por cada contenedor y por cada turno en que el contenedor esté conectado en las instalaciones de ITI. Suministro de energía eléctrica a contenedores reefers Es el servicio que se presta a todos los contenedores refrigerados que requieren ser embarcados, descargados y/o provienen o van al terminal público y/o están en tránsito por el terminal, los cuales, por contener cargas o por ser preparados para cargas que requieren de ambientes controlados a determinadas temperaturas es necesario conectarlos a las fuentes de poder que el terminal cuenta para proveerles de suministro de energía eléctrica. El valor será facturado por cada día calendario que el contenedor esté en el terminal. El servicio incluye: Nombrar y proveer el personal de supervisión, el consumo de energía eléctrica y la documentación de registros de los días conectados, de acuerdo a los procedimientos propios de la industria y fijados con cada cliente. Pre-enfriado de contenedores reefers Es el servicio que se presta a todos los contenedores refrigerados que pasen por el Terminal y que requieres ser preparados o pre-enfriados para recibir cargas que necesiten ambientes controlados o temperaturas predeterminadas. El servicio se factura por cada contenedor que requiera esta operación. El servicio incluye: Nombrar y proveer el personal de supervisión y frigoristas especializados, control de los niveles de temperaturas, programar los distintos niveles de temperaturas requeridos por los Clientes y el seguimiento de los registros de temperaturas de acuerdo a los procedimientos estándares de la industria. Montaje y desmontaje de Gen-Set Es el servicio que se presta a todos los contenedores refrigerados que al pasar por el Terminal requieren montar o desmontar la unidad de refrigeración llamada Gen-Set. El valor será facturado por cada oportunidad que se instale o desinstale un Gen-Set a un determinado contenedor. El servicio incluye: Nombrar y proveer el personal de supervisión, la grúa horquilla y el personal que realizará la instalación o desinstalación del Gen-Set al Contenedor.

Prevencionista de Riesgo
Consiste en proveer de un especialista en prevención de riesgos, servicio que no está incluido en los servicios básicos de transferencia, y su función principal es velar porque se cumplan todas las normas de seguridad asociada a las naves que atraquen al terminal y/o a sus actividades conexas, a las personas que trabajan en las instalaciones del Terminal, a la carga transferida y/o manipulada y equipos/maniobras utilizadas. El prevencionista de riesgos podrá ser solicitado a ITI S.A. por los consignatarios o recibidores de la carga, los armadores o sus representantes, el servicio de aduanas u otra autoridad, o cualquier cliente que utilice los servicios del terminal. El servicio incluye: Nombrar y proveer de un prevencionista de riesgos por nave.

Aforos, reconocimientos o inspección de cargas
Aforo o Reconocimiento de Carga en Contenedores Este servicio comprende todas las actividades necesarias que se deban efectuar a los contenedores que transiten por el terminal y que, por razones comerciales o de control aduanero, requieran de su remanejo para contabilización, chequeo, inspección, o reconocimiento. Este servicio se prestará a solicitud expresa del armador o su representante, del consignatario, del agente embarcador, del transportista emisor del conocimiento de embarque o de cualquier usuario que sea responsable de la respectiva unidad. El servicio incluye: Proveer el personal de control de patio, el personal de supervisión y de operación de aforo o reconocimiento, las grúas horquilla para movilizar la carga, los registradores, la documentación pertinente y la coordinación con la aduana o cliente. Este servicio NO incluye los respectivos manipuleos o remanejos de la unidad. Forma de cobro: La tarifa se aplicará por TEU. Aforo o Reconocimiento de Carga Fraccionada Es la denominación para todas las actividades necesarias que se debe efectuar a la carga fraccionada que transite por el terminal, que por necesidad de controles aduaneros, solicitudes especiales de los embarcadores o consignatarios o cualquier otro cliente del terminal requieran de su remanejo para su contabilización, chequeo, inspección, reconocimiento, etc. El servicio incluye: Nombrar y proveer el personal de supervisión, de control de patios, personal para la operación de aforo o reconocimiento, grúas horquillas, documentación y la coordinación con la aduana o cliente. Forma de cobro: El servicio será cobrado por cada tonelada sujeta a este servicio. Aforo o Reconocimiento de Carga en Contenedores Es la denominación para todas las actividades necesarias que se deban efectuar a los contenedores que transiten por el terminal, que por necesidad de controles aduaneros, solicitudes especiales de los embarcadores o consignatarios o cualquier otro cliente del terminal requieran de su remanejo para su contabilización, chequeo, inspección y reconocimiento ya sea de su carga o de la misma unidad. El servicio incluye: Nombrar y proveer el personal de supervisión, de control de patios, personal para la operación de aforo o reconocimiento, grúas horquillas para movilizar la carga, documentación y la coordinación con la Aduana o Cliente. Forma de cobro: El servicio será cobrado por cada TEU sujeto a este servicio. Inspección SAG de Carga en Contenedores Es la denominación para las faenas que se deben efectuar a los contenedores que transiten por el terminal y que por razones de control fitosanitario, el SAG instruya la revisión de su carga. El servicio incluye: Nombrar y proveer el personal de supervisión, de control de patios y de operación, grúas horquillas para movilizar la carga, documentación y la coordinación con el SAG y el cliente. Forma de cobro: El servicio será cobrado por cada TEU sujeto a este servicio.

Almacenamiento de Carga
La siguiente descripción es aplicable a todas las tarifas de almacenaje con nomenclatura TAR 301 a la TAR 310 del listado de tarifas del terminal y las tarifas TAR 311, TAR 312, TAR 314, TAR 315, TAR 316 y TAR 317, aplicadas a las cargas con orígen o destino Bolivia. Es el servicio de custodia y conservación que se presta a la carga que pasa por el terminal, ya sea proveniente o con destino a una nave de cabotaje o de tráfico internacional operada en el terminal, en el puerto público o en otros puertos. El lugar de depósito será fijado por ITI hasta la entrega a los consignatarios, la nave o a quienes sus derechos representen. El terminal será responsable de la custodia de la carga, conforme a la legislación vigente, desde el momento en que ésta sea recibida física y documentalmente y hasta su entrega en la misma forma al consignatario o su representante. Sin perjuicio a lo anterior, se han definido en conjunto con la Empresa Portuaria Iquique los siguientes casos: a) Todas las cargas que sean descargadas por Iquique, cuyo destino final sea Arica, se les debe considerar un almacenaje libre de 48 horas con relación al momento del zarpe de la nave. b) Toda la carga de transbordo y transito que se descargue por Iquique y que luego se vuelvan a embarcar por vía marítima, también por Iquique, se les deberá considerar una semana libre de almacenaje. Lo anterior es valido para todas las cargas fraccionadas, contenedores llenos y/o vacíos. El servicio incluye: La custodia y provisión del personal del almacén, proveer al personal de vigilancia, el área necesaria cubierta o descubierta al interior del terminal para el depósito seguro de la carga y la documentación de recepción y entrega.

Otros Servicios
La siguiente descripción es aplicable a todas las tarifas de otros servicios con nomenclatura TAR 501 a la TAR 523 del listado de tarifas del terminal, las cuales se encuentran publicadas en la sección “Tarifas Generales”.

This post is also available in: en